• Convenio CES - EMASESA

    La Confederación Empresarial Sevillana y EMASESA han suscrito un convenio de colaboración con el fin de controlar los vertidos industriales a las redes generales de saneamiento para, de esta forma y a través de la unión de esfuerzos, conseguir que las aguas residuales no presenten elementos contaminantes y su llegada al cauce de los ríos se produzca en las mejores condiciones posibles.

    En la Ordenanza Municipal de Saneamiento vigente, se establecen una serie de recargos sobre el precio de la tasa de depuración o vertido, medidas éstas que pueden llegar incluso al cese de la utilización de la red de alcantarillado en el caso de vertidos no permitidos.

    En este sentido, la CES propiciará la firma de convenios de colaboración entre EMASESA y cuantas industrias o entidades quieran introducir en sus actividades o procesos de producción, tratamientos correctores de aquellos vertidos que, según las Ordenanzas, tengan la calificación de contaminantes o no permitidos. o permitidos.

    La colaboración de Emasesa consistirá en una minorización de los importes facturados por vertidos contaminantes y no permitidos que se realizará en las fases, plazos y porcentajes que a continuación se indican:

    Fase PRIMERA
    A la presentación del proyecto en Emasesa de las instalaciones correctoras para su utilización y durante
    dos facturaciones mensuales consecutivas, se apliacará una reducción del 20% del importe facturado por recargo por contaminación.

    Fase SEGUNDA
    Si la ejecución de las obras fuera necesario solicitar permisos, autorizaciones o licencias de cualquier administración pública, en
    cuatro facturas mensuales consecutivas desde que se inicie esta fase, la reducción sobre el importe girado del mencionado recargo que corresponda a dichas facturas será del 40%.

    Fase TERCERA
    A la presentación en Emasesa del certificado de inicio de obras y durante el plazo de ejecución previsto del proyecto que autorizó Emasesa, la reducción sobre el importe del recargo ascenderá al
    75%.

    Fase CUARTA
    Al ponerse en funcionamiento las instalaciones y/o aplicación de medidas correctoras, si los vertidos se ajustan a la Ordenanza vigente,
    cesará de inmediato la aplicación de los recargos.

    Igualmente se ha establecido la posibilidad de que Emasesa establezca convenios para que sea Emasesa la que, mediante el pago de una contraprestación económica, explote las instalaciones correctoras construidas o aplique los tratamientos correctores de los vertidos.